¿CASTIGAR A LOS PROGENITORES?
- 23 oct 2024
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En muchas ocasiones el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA o los mismos juzgados emiten resoluciones que separan a los menores de sus progenitores, sin brindar algún plan de seguimiento o brindarle a los progenitores alguna alternativa para poder revertir la situación. No hay un abordaje integral, ni constructivo para apoyarlos a resolver su situación, si existe esa posibilidad. Este tipo de resoluciones se emiten igualmente contra madres, padres o contra ambos progenitores.
Esto ha sido señalado por el mismo Tribunal de Familia, el superior de los Juzgados de Familia:
"1. En la mayoría de las ocasiones, no solo la población (generalmente desinformada o subinformada) sino también los y las profesionales de distintas ramas del saber, suelen pensar que ante las conductas negativas lo que procede es el castigo, en lugar de que esta temática se aborde de manera constructiva. Así, si la conducta negativa es del niño, lo pertinente es castigarlos físicamente (sobre este tema, precisamente hoy Repretel informa: "Mitad de los ticos aprueban castigos físicos" http://www.repretel.com/.../mitad-de-los-ticos-aprueban...) y si la conducta negativa es de los progenitores, lo que procede es castigarlos, ya sea temporalmente (a través de las medidas de protección contempladas en la Ley contra la Violencia Doméstica, mediante las cuales se les retira la custodia y/o se les prohíbe el contacto por un plazo máximo de un año) o por un espacio mayor o, incluso, permanente (a través de la suspensión o privación de la autoridad parental, contempladas en el Código de Familia)"
Estas manifestaciones van en línea con que la separación de los menores de edad de su familia es algo excepcional, siendo igualmente señalado por el Tribunal de Familia en referencia a la Convención sobre los Derechos del Niño y la normativa internacional:
"los niños y las niñas son personas titulares de derechos y que, así como tienen derecho a no recibir violencia, también tienen derecho a crecer y a desarrollarse al lado de su familia. Por eso, con ABSOLUTA CLARIDAD se indica que la separación de la persona menor de edad de su entorno habitual deber ser una medida absolutamente excepcional y por el menor tiempo posible."
Esto parece claro, pero la realidad es diferente, así que, en todo proceso judicial, es necesario defenderse y no permitir que violenten los derechos de los menores o de los progenitores por decisiones erroneas o desactualizadas de los juzgados o del mismo PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA.
Si desea utilizar nuestros servicios para la defensa de usted o sus hijos, puede contactarnos.
Abogado Director:
MSc. RODOLFO NASSAR GUIER
Máster en Mediación Familiar
Mediador/Conciliador Certificado
Máster en Derecho de Familia e Infancia
Máster en Derecho Constitucional
Máster en Familia & Sociedad
Posgrado en Género y Diversidad Familiar
NASSAR & GUIER ABOGADOS
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