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PENSIÓN ALIMENTARIA - MITOS QUE PODRÍAN LLEVARLO A LA CÁRCEL - PARTE 1

  • Foto del escritor: Rodolfo Nassar
    Rodolfo Nassar
  • 2 nov
  • 2 Min. de lectura
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En los conflictos familiares, todo el mundo opina: amigos, familiares, compañeros de trabajo… ¡como si todas las situaciones fueran iguales!

Muchas personas se confían en esos comentarios y consejos sin fundamento, y luego enfrentan la dura realidad: procesos legales avanzados, deudas crecientes y, en el peor de los casos, la posibilidad de perder su libertad.

En nuestro despacho recibimos con frecuencia consultas de personas que creyeron en alguno de estos mitos urbanos, y ahora enfrentan graves consecuencias legales. Aquí le compartimos tres de los más comunes:

1. “SI NO TRABAJO, NO PAGO.”

FALSO. La ley establece que la falta de empleo o ingresos no es excusa válida para dejar de pagar pensión alimentaria.

Si renunció, fue despedido, su salario disminuyó o está estudiando, aún así tiene la obligación de pagar.

Existen mecanismos para ajustar temporalmente el monto o solicitar medidas mientras busca empleo, pero deben gestionarse legalmente.

Renunciar para evadir la pensión no le servirá de nada: agravará su situación y lo expone a sanciones, incluida la cárcel.

2. “SI TENGO DEUDAS, NO TENGO QUE PAGAR PENSIÓN.”

FALSO. La pensión alimentaria tiene prioridad legal sobre cualquier otra deuda.

Eso significa que, sin importar cuántos préstamos tenga, el monto de pensión se rebajará primero de su salario, y lo restante se aplicará a las demás obligaciones financieras.

3. “SI NO VEO A MIS HIJOS, NO TENGO QUE PAGAR PENSIÓN.”

FALSO. La obligación de pagar pensión y el derecho a visitas son temas independientes, regulados por juzgados distintos.

Ambos están relacionados con la responsabilidad parental, pero uno se tramita ante el juzgado de pensiones alimentarias y el otro ante el juzgado de familia.

No ver a sus hijos no lo exime de su obligación alimentaria.

Estos son solo algunos de los errores más comunes que muchas personas creen. Lamentablemente, cuando llegan a nuestro despacho, su situación ya es crítica y el riesgo de incumplimiento (e incluso de prisión) es muy alto.

No arriesgue su libertad ni su estabilidad emocional o económica.

Asesórese con especialistas en derecho de familia y deje de seguir consejos sin respaldo legal.

Si desea una asesoría profesional en pensión alimentaria, puede contactarnos. Somos especialistas en casos complejos.

Estamos para ayudarle.

Abogado director:

MSc. RODOLFO NASSAR GUIER

Máster en Derecho de Familia e Infancia

Máster en Derecho Constitucional

Máster en Mediación Familiar

Máster en Familia & Sociedad

Posgrado en Género y Diversidad Familiar

Experto Coordinación Parental

Si desea la cita puede solicitarla en este enlace:

NASSAR & GUIER ABOGADOS

Especialistas en Derecho de Familia

Tel. 2280 0656

Tel. 7204 7359

 
 
 

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