NO ES SUFICIENTE EL AMOR
- Rodolfo Nassar

- 23 oct 2024
- 2 Min. de lectura

En el año 1975, cuando empieza a aplicarse nuestro Código de Familia, se realizaron 790 divorcios y 14.683 matrimonios. En el año 1995 los divorcios representaban un 18,7% del total de matrimonios y para el año 2021 los divorcios eran un 62% del total de matrimonios: 11.671 divorcios y solo 18.907 matrimonios.
Bajo estas estadísticas, podemos decir que, de cada DIEZ matrimonios, SEIS terminan en divorcio.
Estos datos son un reflejo de los cambios en la sociedad y en la misma familia que se ha dado desde el año 1975 a la fecha, entre estos la incorporación de la mujer al trabajo remunerado y las nuevas legislaciones que se destina a la protección de cada integrante de la familia (para niños, adulto mayor, mujer). Pero estos cambios positivos en la sociedad costarricense no implican, necesariamente, que tengan como consecuencia la desunión de la familia y su rompimiento, pero si lo hace, lamentablemente, la legislación de familia que se mantiene enfocada en facilitar el divorcio, presentar demandas y en sancionar a los progenitores./conyuges.
Ahora es mucho más fácil divorciarse que en el año 1975 (esto no es negativo) pero en estos cincuenta años es POCA la normativa que se genera para solventar problemas o apoyar a las familias, esto a pesar de que el artículo 51 de la Constitución Política señala la obligación del Estado de proteger a la familia:
“Artículo 51- La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado.”
NASSAR & GUIER ABOGADOS estamos enfocados en primeramente tratar de buscar solución a los conflictos en forma pacífica (si es posibles). Una de las alternativas, que poco se usa, pero que es altamente recomendable es el establecer un acuerdo escrito previo al matrimonio para definir aquellos temas que pueden generar tensión en el futuro de la pareja y así “blindar” su relación. En este acuerdo se puede abordar a nombre de quien se inscribirán los bienes que se adquieran (a nombre de los dos o solo uno), como resolver los conflictos (evitar ir a los juzgados como primera alternativa), que harán con las donaciones de bienes que reciban de familiares, la construcción en terrenos ajenos, etc.
Si desea más información sobre este acuerdo de capitulaciones matrimoniales o desean tratar de establecer acuerdos sobre algún tema antes de ir a un proceso judicial, puede contactarnos:
Abogado Director:
MSc. RODOLFO NASSAR GUIER
Máster en Derecho de Familia e Infancia
Máster en Mediación Familiar
Máster en Familia & Sociedad
Máster en Derecho Constitucional
Posgrado en Género y Diversidad Familiar
Experto en Coordinación Parental
NASSAR & GUIER ABOGADOS
Especialista en Derecho de Familia
Tel. 2280 0656
Tel. 7204 7359














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